Se prorroga la entrada en vigor de algunas de las reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Una de las reformas más importantes a la LFPC, es aquella por la que se dotó a la Procuraduría Federal del Consumidor, con las facultades para que cobre las multas que imponga, incluso a través del procedimiento administrativo de ejecución (antes de la reforma, esta se limitaba a imponer la multa y su cobro correspondía a la autoridad fiscal).
En el Decreto, se estableció un plazo de 180 días naturales a partir de la publicación para que entraran en vigor las disposiciones que permiten el cobro de las multas, así como para que se adecuarán los Reglamentos de la LFPC y se modificara el Estatuto Orgánico de la Procuraduría. Las demás reformas entraron en vigor al día siguiente de la publicación del Decreto, el 12 de enero de 2018.
El día de hoy, se publicó el Decreto por el que se reforman los artículos Cuarto y Quinto Transitorios del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2018.
Dicho Decreto únicamente prorroga la entrada en vigor de las disposiciones que confieren facultades a la Procuraduría para el cobro coactivo de multas y amplía el plazo para la modificación de los Reglamentos y del Estatuto Orgánico. El nuevo plazo es de 18 meses, los que se contarán a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto de reforma, esto es, hasta el 12 de julio de 2019.
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