Concesiones de agua 2026: reasignación, prórrogas y qué cambió en la Ley de Aguas Nacionales

Los derechos de concesión ya no se transmiten y el plazo para pedir prórroga cambió. Qué revisar si tu empresa tiene títulos de agua o va a comprar, fusionarse o heredar un inmueble.


El nuevo régimen de concesiones de aguas nacionales (2026)

Si tu empresa usa agua de pozo o de un cuerpo superficial con un título de Conagua, la reforma de diciembre de 2025 cambió tres cosas que pueden costarte la concesión: ya no puedes transmitirla, el plazo para pedir prórroga es más corto y el consumo humano tiene prioridad sobre tu volumen.

En diciembre de 2025 fue publicado un decreto que contiene una nueva Ley General de Aguas y reforma la Ley de Aguas Nacionales (LAN).

¿Cómo funciona una concesión de agua?

Las aguas nacionales, superficiales y del subsuelo, son propiedad de la nación. Para explotarlas, usarlas o aprovecharlas se necesita un título de concesión que otorga el Ejecutivo Federal a través de la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Se otorga a personas físicas o morales para un uso específico (industrial, agrícola o de servicios), por un tiempo determinado y con condiciones. Dura entre 5 y 30 años, según diga el título. Las condiciones básicas son medición, pago de contribuciones y tratamiento de aguas residuales.

¿Puedo vender o ceder mi concesión?

Ya no. Antes de la reforma, la LAN permitía transmitir los derechos, total o parcialmente, entre particulares con solo dar aviso a la autoridad. Ahora los derechos de concesión no son objeto de transmisión.

En su lugar existe la reasignación: cuando cambia el propietario de un inmueble, hay una herencia o se fusiona o escinde una sociedad, Conagua debe emitir un nuevo título a favor del nuevo titular.

¿Vas a comprar, fusionarte o recibir un inmueble con derechos de agua? Revisamos los títulos antes de cerrar la operación y te decimos qué trámite necesitas. [Escríbenos por WhatsApp] [Envíanos un correo]

¿Cuándo debo pedir la prórroga?

Antes podías solicitarla dentro de los cinco años previos al vencimiento y hasta seis meses antes. Ahora el periodo es de los tres años previos hasta seis meses antes del vencimiento.

Si tu título está en sus últimos seis meses de vigencia y no pediste prórroga, lo pierdes.

¿Conagua puede reducir mi volumen?

Sí. La LAN vigente obliga a que toda autorización, permiso, concesión, asignación o prórroga priorice el consumo humano y doméstico. Si hay riesgo para esa disponibilidad, Conagua puede disminuir o cancelar los volúmenes concesionados.

¿Qué pasa con las concesiones que ya tengo?

Las concesiones otorgadas antes de la reforma respetan sus términos hasta su vencimiento original. Cualquier trámite, modificación o prórroga que inicies ahora se rige por la LAN reformada.

Qué revisar en tu empresa

  • La fecha de vencimiento de cada título y si ya estás dentro del periodo para pedir prórroga.
  • Que estés usando el volumen autorizado, para evitar la caducidad, y si te conviene pagar la cuota de garantía de no caducidad.
  • Que tus medidores estén instalados y operando y que tus derechos estén pagados al día.
  • Si hay una fusión, compraventa o herencia en puerta, que incluya el trámite de reasignación.

Perder un título de agua puede detener tu operación. Nuestra Firma audita tus concesiones, define la estrategia para prórrogas y reasignaciones y te defiende si Conagua revoca, declara la caducidad o reduce tu volumen. [Escríbenos por WhatsApp] [Envíanos un correo]

Conoce nuestro servicio de Derecho ambiental