El pasado 19 de enero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Economía Circular. El objetivo principal de esta nueva normativa es introducir el cambio en el modelo de producción lineal hacia un modelo circular que (i) prevenga la generación de residuos, (ii) se maximice el aprovechamiento de los materiales y recursos, y que (iii) estos se reincorporen a la cadena de producción cuando sus condiciones lo permitan. Ello, con la finalidad de reducir la explotación de los recursos naturales y darles un verdadero valor a los residuos.
Dicho cambio en el modelo de producción se ilustra de la siguiente manera:

Para transitar hacia este nuevo modelo, la Ley General de Economía Circular introduce y formaliza conceptos que serán el eje de la operación comercial en los próximos años, entre los cuales destacan:
- Responsabilidad Extendida del Productor (REP): Dicta que la responsabilidad del fabricante no termina cuando vende el producto, sino que se extiende hasta la gestión de sus residuos y su impacto ambiental al final de su vida útil.
- Análisis de Ciclo de Vida (ACV): Se refiere a la evaluación detallada de un producto desde la extracción de la materia prima hasta su disposición final (o su reintegración al sistema), midiendo su huella ambiental en cada etapa.
- Diseño Circular: Es la metodología que integra criterios ambientales desde la concepción del producto. El objetivo es que los materiales se mantengan en la economía el mayor tiempo posible a través de su reutilización, reparación o reciclaje.
- Valorización: Es el conjunto de acciones que permiten aprovechar el valor de los residuos mediante su reutilización, reciclaje o recuperación energética, evitando que terminen en rellenos sanitarios.
- Trazabilidad: Es la capacidad de rastrear el origen, la ubicación y la trayectoria de un producto o residuo a lo largo de toda la cadena de valor. Es una herramienta de control esencial para asegurar que la circularidad se cumpla.
- Materia Prima Secundaria: Son los materiales recuperados de procesos anteriores que han sido sometidos a un tratamiento para ser utilizados nuevamente como insumos, sustituyendo el uso de recursos naturales vírgenes.
La transición hacia este nuevo modelo productivo requiere que estos conceptos se traduzcan en acciones concretas dentro de la cadena de valor. Por ello, la Ley General de Economía Circular dicta directrices específicas que impactan directamente en el diseño de procesos, planes de manejo, permisos y autorizaciones que las autoridades ambientales emitan. Estos lineamientos son los que permitirán a las organizaciones alinear sus objetivos comerciales con las nuevas exigencias de sostenibilidad obligatoria, mismas que son las siguientes:
- La economía circular se integra como criterio transversal en la política ambiental.
- Se refuerza la responsabilidad extendida del productor, los fabricantes e ahora son responsables del ciclo de vida completo de sus productos, especialmente al finalizar su vida útil.
- El residuo deja de concebirse únicamente como desecho y se reconoce como recurso valorizable.
- Se fortalece el principio preventivo, con efectos directos en autorizaciones, inspecciones y planes de manejo.
Con dichas directrices la economía circular deja de ser una buena práctica voluntaria y se consolida como una política pública obligatoria, con implicaciones reales en el cumplimiento regulatorio, la gestión de residuos y la operación de proyectos. El cumplimiento de la ley exige que las organizaciones asuman nuevas responsabilidades que redefinen su relación con el medio ambiente y sus procesos operativos. A continuación, desglosamos las cinco obligaciones fundamentales que toda empresa debe integrar en su agenda de cumplimiento para operar bajo este nuevo marco legal:
- Registro de Gestión Circular: Inscripción obligatoria de procesos y metas en la plataforma nacional para garantizar la trazabilidad de los materiales.
- Responsabilidad Extendida del Productor (REP): Obligación de organizar y financiar sistemas de recuperación y valorización de productos al finalizar su uso.
- Planes de Economía Circular: Presentación de estrategias detalladas que incluyan mecanismos medibles de rediseño, reúso y reciclaje.
- Adopción de Diseño Circular: Desarrollo obligatorio de productos pensados para ser duraderos, reparables y fáciles de reciclar desde su concepción.
- Sustitución de Materias Primas: Compromiso gradual para reemplazar recursos naturales vírgenes por materias primas secundarias en las líneas de producción.
Tras la aprobación de la ley, el desafío principal es su implementación efectiva. Es fundamental que las empresas inicien una transición ordenada mediante auditorías internas. Esto les permitirá identificar los productos que podrían estar bajo el esquema de responsabilidad extendida e integrar criterios de diseño circular de manera preventiva y estratégica.
Un análisis oportuno permite no solo cumplir, sino incorporar la economía circular como parte de una estrategia de cumplimiento y operación más eficiente, alineada con las nuevas exigencias regulatorias.
Si tu empresa produce, importa o comercializa bienes y necesitas identificar cómo te impacta esta Ley y qué acciones tomar, contar con asesoría especializada puede marcar la diferencia entre reaccionar tarde o cumplir de forma ordenada.
Por: Sarahi Aguilar Rocha





