¿Cómo se calcula el contenido nacional en contrataciones públicas tras la reforma?

Si vendes bienes al gobierno federal o construyes obra pública, el porcentaje de contenido nacional que declaras puede decidir si participas, si ganas y si conservas el contrato. En 2026 las Reglas para determinar, acreditar y verificar el contenido nacional cambiaron dos veces. Aquí te explicamos cómo se calcula hoy, cómo se demuestra y qué revisa la autoridad.

Lo que cambió en 2026

El 29 de enero de 2026 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo que reforma las Reglas. Es la segunda modificación, después de la de 2025. Los cambios más relevantes son la nueva fórmula del numeral 7 y la obligación de cargar en la Bitácora la información que acredita el contenido nacional.

El 31 de agosto de 2026 fue publicada una segunda reforma, vigente desde el 1 de septiembre, que separa el acero para la construcción del resto de los materiales en obra pública. La explicamos más abajo.

¿Para qué sirven las Reglas?

Fijan cómo se calcula, se acredita y se verifica el porcentaje mínimo de contenido nacional. En adquisiciones nacionales solo pueden participar bienes con al menos 65% de contenido nacional. En procedimientos internacionales abiertos, ese contenido otorga margen de preferencia.

En obra pública, la convocatoria puede fijar porcentajes mínimos para materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente.

¿Cómo se calcula el contenido nacional en adquisiciones?

Antes, la fórmula comparaba el valor de las importaciones contra el precio de venta. Ahora se parte del costo neto de producción del bien.

El costo neto de producción incluye materiales directos, mano de obra directa y costos indirectos de producción. Quedan fuera los costos de administración, ventas, postventa y similares.

El valor de los materiales importados se integra, material por material, con su costo, transporte, impuestos no acreditables, aranceles y gastos indirectos identificables.

La fórmula queda así:

Contenido nacional (%) = [(Costo neto de producción − Valor de los materiales importados) ÷ Costo neto de producción] × 100

Ejemplo: si tu costo neto de producción es de 100 y tus materiales importados suman 30, tu contenido nacional es de 70%.

¿No sabes si tu bien llega al 65%? Revisamos tu cálculo antes de que lo declares bajo protesta. Escríbenos por WhatsApp

¿Y cómo lo demuestro?

Al participar, manifiestas bajo protesta de decir verdad que tus bienes son producidos en México y que cumplen el mínimo. Para eso se usa el Anexo 1 de las Reglas.

Después de la adjudicación debes cargar en la Bitácora tu estructura de costos y los CFDI de tus proveedores de insumos. Si no usas proveedores, debes justificarlo.

Tienes 30 días naturales después de firmar el contrato. Si hay entregas parciales o es un contrato abierto, actualizas la información dentro de los 15 días naturales posteriores a cada entrega, cuando haya cambios. Si no cumples el mínimo, la dependencia puede dar por terminado el contrato.

¿Me pueden revisar?

Sí. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno puede requerir documentación u ordenar inspecciones físicas en plantas, incluidas las de fabricantes distintos al oferente. La información debe conservarse al menos siete años contados desde la entrega de los bienes.

Nuevo: el acero para la construcción en obra pública

Desde el 1 de septiembre de 2026, el acero para la construcción se mide como un componente propio dentro del contenido nacional de la obra. Una segunda fórmula mide qué parte del acero utilizado es de origen nacional. El Anexo A fue reformado y se agregó un Anexo B con los materiales y productos de acero de referencia.

La convocatoria debe señalar los porcentajes exigidos, y el licitante declara bajo protesta que los cumplirá. Antes de fijarlos, la convocante debe analizar la oferta nacional de acero.

El origen se documenta con certificados de molino y de calidad, cartas de proveedores, CFDI y pedimentos de importación. El residente de obra verifica el acero contra el porcentaje exigido cuando llegan los materiales.

El porcentaje declarado en la entrega debe ser al menos el que declaraste en tu propuesta. Si no se mantiene, puede iniciarse la rescisión del contrato. Los procedimientos iniciados antes del 1 de septiembre de 2026 siguen con las reglas vigentes cuando empezaron.

Lo explicamos a detalle en Contenido nacional del acero para la construcción.

Qué revisar antes de tu próxima propuesta

  • Que tu cálculo parta del costo neto de producción y no del precio de venta.
  • Que cada material importado incluya transporte, aranceles e impuestos no acreditables.
  • Que tengas los CFDI de tus proveedores listos para la Bitácora.
  • Si es obra pública, que el porcentaje de acero de la convocatoria sea alcanzable con tu cadena de suministro.
  • Que cualquier sustitución de insumos no baje el porcentaje que declaraste.

Si declaraste un porcentaje que no puedes sostener, el riesgo es la terminación o la rescisión del contrato. Nuestra Firma revisa tu cálculo y tu documentación antes de que la autoridad lo haga. Si ya te descalificaron o te requirieron información, también podemos ayudarte a impugnarlo. Agenda una llamada por WhatsApp  Envíanos un correo

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