Verificaciones sanitarias estatales: vicios frecuentes por los que el TFJA anula las multas

Las Salas Especializadas en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa anulan con frecuencia las multas de las autoridades sanitarias estatales por vicios en la orden y en la visita de verificación. Los más comunes son no citar el acuerdo de coordinación vigente con la Federación, no fundar la designación del encargado de despacho y no citar la competencia territorial de la unidad que emite la orden.

¿Por qué se anulan las multas de las autoridades sanitarias estatales?

En las visitas de verificación sanitaria que practican las autoridades sanitarias de las entidades federativas a restaurantes, farmacias, consultorios y otros establecimientos, es frecuente que la orden de visita la firme un servidor público sin precisar de dónde deriva su atribución. Suele tratarse de un encargado de despacho, de un coordinador de zona o del titular de una oficina regional.

También es frecuente que la autoridad estatal ejerza facultades de control sanitario que corresponden a la Federación, con base en un acuerdo de coordinación que no cita o que ya no está vigente. Seguido todo el procedimiento, típicamente la autoridad sanitaria impone multas al visitado con base en todo lo actuado a partir de aquella orden.

En nuestra experiencia, es muy común que las Salas Especializadas en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaren la nulidad de las resoluciones emitidas por las autoridades sanitarias estatales. Generalmente, la declaratoria de nulidad se debe a vicios en el procedimiento y a irregularidades en la orden y durante la visita de verificación.

VicioQué falla en la orden o en el procedimiento
Acuerdo de coordinaciónNo se cita el acuerdo vigente, ni la cláusula, el anexo y el criterio que sustentan la atribución
Encargado de despachoNo se cita el fundamento para designarlo ni el número y la fecha del oficio o acuerdo de designación
Competencia territorialNo se cita la fracción del reglamento interior que delimita el territorio de la unidad emisora
Objeto y alcance de la ordenObjeto genérico, alcance demasiado amplio o que no cubría todo lo verificado
VerificadoresFalta de señalamiento adecuado en la orden o falta de identificación durante la visita
CaducidadTranscurrieron los plazos previstos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

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¿Qué debe citar la orden cuando la autoridad estatal ejerce facultades federales?

El de la salud y, específicamente, el control sanitario, es un sector en el que concurren las autoridades de los distintos niveles de gobierno. Las autoridades sanitarias estatales ejercen buena parte del control sanitario de establecimientos con base en facultades que la Federación les transfiere mediante acuerdos de coordinación publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Cuando la autoridad estatal actúa en ejercicio de esas facultades, debe citar en la orden de verificación:

  1. El acuerdo de coordinación vigente.
  2. La cláusula en la que se sustenta la atribución que ejerce.
  3. El anexo correspondiente.
  4. El criterio aplicable.

En el caso de Nuevo León, por ejemplo, era frecuente que las Salas anularan multas derivadas de órdenes emitidas en 2025 en las que la autoridad citó un acuerdo de coordinación anterior, cuando el vigente era el publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2023.

¿Qué pasa si la orden la firma un encargado de despacho?

Un supuesto que vemos recurrentemente es el de las órdenes firmadas por un encargado de despacho. Cuando la orden no la emite el titular del área sino quien está encargado de su despacho, se ha considerado que debe citarse el fundamento conforme al cual puede designarse a un encargado, así como el número y la fecha del oficio o acuerdo de su designación.

Si en la orden se omiten esos datos, el visitado no puede verificar que quien la firmó tenía facultades, y la multa impuesta con base en la visita es nula como fruto de un acto viciado.

¿Por qué importa la competencia territorial de la autoridad sanitaria?

Es frecuente que las autoridades sanitarias estatales tengan regulada su competencia territorial por jurisdicciones, coordinaciones o zonas, y que cada unidad actúe dentro de una circunscripción delimitada en su reglamento interior. Si en la orden no se cita la fracción del reglamento en la que se delimita el territorio de la unidad emisora, la resolución suele anularse.

¿La orden la firmó un encargado de despacho o una coordinación de zona? Es uno de los vicios que más revisamos. Escríbenos por WhatsApp · Envíanos un correo

¿Qué otros vicios de la orden, del acta y del procedimiento llevan a la nulidad?

Vicios de la orden o del acta:

  • La emisión de órdenes con objeto genérico.
  • Un alcance demasiado amplio, o que no cubría todo lo verificado.
  • La falta de señalamiento adecuado de los verificadores.

Errores de procedimiento:

  • La falta de identificación de los verificadores, distinta de su falta de señalamiento en la orden.
  • La caducidad del procedimiento por transcurrir los plazos previstos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Los anteriores son solo algunos de los vicios formales que vemos todos los días en nuestra práctica. Existen muchos otros, como:

  • La toma de muestras que no se lleva a cabo de manera adecuada.
  • La falta de tipificación adecuada de las conductas observadas.
  • Las irregularidades dentro de las visitas de verificación.

En nuestra experiencia, es común que las resoluciones con las que las autoridades imponen multas a los particulares se emitan fuera del marco jurídico.

¿Por qué conviene revisar las órdenes de todas las sucursales?

Las cadenas de restaurantes, farmacias y establecimientos con varias sucursales reciben visitas de verificación con frecuencia, y en una misma entidad federativa las autoridades suelen emitir las órdenes con el mismo formato y los mismos fundamentos. Por eso, un vicio de competencia identificado en una orden suele repetirse en las siguientes.

En nuestra Firma revisamos la orden, el acta y el emplazamiento contra el reglamento interior de la autoridad estatal y el acuerdo de coordinación vigente, y construimos la defensa a partir de ese análisis.

Si tu empresa recibió una multa derivada de una visita de verificación sanitaria estatal, nuestra Firma puede revisar los documentos de esa visita y proponerte una estrategia de defensa antes de que venza el plazo para impugnar. Cuando la empresa tiene varias sucursales en la misma entidad, la revisión de una orden permite anticipar la defensa frente a las siguientes visitas.